Comprar casa en la R.D.

Comprar casa en República Dominicana

Desde hace algunos años, el interés por comprar propiedades en la República Dominicana ha crecido de forma espectacular. El clima privilegiado del país, el idioma común, la calidez de trato de sus gentes, sus incomparables bellezas naturales, la estabilidad política y los todavía atractivos precios en el sector inmobiliario han captado la atención de los inversores, que han sabido aprovechar las buenas rentabilidades que se pueden conseguir alquilando sus propiedades.

No obstante, se recomienda la máxima prudencia antes de realizar desembolsos económicos. Es fundamental el asesoramiento por parte de alguno de los muchos despachos de abogados que se dedican al asesoramiento en la compra de propiedades en la R.D.

Trámites del Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad en la República Dominicana funciona de forma similar al Registro de la Propiedad Español. La única diferencia es que en España anotan las referencias del apartamento o finca en un cajetín de la escritura notarial. En la R.D. el Registrador expide un título oficial en una hoja del tamaño de dos folios detallando en ella las características y mediciones de la propiedad.

¿Cómo se administra una propiedad en alquiler?

Lo habitual es que si el propietario decide cobrar por si mismo los alquileres, las inmobiliarias le cobren un mes de renta como comisión por captación del cliente.

Si el propietario decide contratar a alguna empresa para que administre el alquiler (para el cobro de las mensualidades) se estima que esta le cobre mensualmente un porcentaje entre 5% y 10% del valor del alquiler.

En la R.D. podemos trabajar con bancos internacionales como el Scotiabank y el Citibank. El Banco Popular (Dominicano) tiene firmados acuerdos con Bankia en España y otros bancos norteamericanos y europeos para facilitar la realización de transferencias electrónicas.

Tipos de seguros para la construcción en la República Dominicana

Los seguros que proporcionan las aseguradoras son el de “Incendio y Líneas Aliadas”.

Dentro de este término están incluidos los riesgos de Incendio, Rayo, Explosión, Terremoto, Huracán, Inundación, Motín, Huelgas, Daños Maliciosos, Daños por Humo, Impacto de Naves Aéreas y Vehículos, fundamentalmente. Estos seguros cubren en base al “costo de reposición” del bien asegurado, o valor de reconstrucción en el caso de edificaciones.

Si hay un daño, ocasionado por un peligro descrito en la póliza, la aseguradora paga el valor de la reparación o daño con materiales de igual calidad y tipo o similares.

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En cuanto a los riesgos catastróficos (huracán, terremoto e inundación), éstos están sujetos a un deducible por partida de 2% del valor asegurado. Si una póliza tiene dos partidas, una de edificio y otra de contenido, entonces a cada partida aplica el deducible de 2%. Por ejemplo, si un edificio está asegurado por 10.000.000, esta partida estaría sujeta a un deducible de 200.000 (cantidad que asume el asegurado).

Bajo una póliza que cubre una edificación se puede incluir también su contenido. Si es una vivienda, el contenido de la misma es asegurable bajo la misma póliza.

El seguro de daños a la propiedad no es obligatorio en la República Dominicana. No obstante, sí es obligatorio que, si se asegura, se haga con una aseguradora establecida en el país y autorizada por la Superintendencia de Seguros.

Las cinco principales aseguradoras del mercado, en función del volumen de primas cobradas son: Seguros Universal, Seguros Banreservas, Seguros Palic, Seguros La Colonial y Proseguros.

El precio de los seguros de propiedad puede fluctuar de un año a otro pues depende del mercado de reaseguros internacional. En la actualidad, el costo promedio es de alrededor de 8.50 pesos por cada mil pesos de cobertura. O sea, una propiedad con valor de 1.000.000 de pesos pagaría en promedio unos 8.500 pesos, más el IVA (16%). Se recomienda la contratación de este tipo de seguros a través de un corredor de seguros profesional.

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